domingo, 11 de marzo de 2012

Fol 12/2/2012

Reforma laboral, comentarios.
El Real Decreto-Ley 3/2012
Articulo 16, estatuto de los trabajadores.
ETT: empresa de colocacion , no necesita ir al INEM.

Las personas fisicas o juridicas que quieran trabajar como agencia de colocacion, pueden hacerlo solo con una declaracion jurada y tener autorizacion.
A los trabajadores no se les puede cobrar por la prestacion.
En este pais la administraccion dice una cosa y hace otra. Hay que ser coherente.Nadie se dedica a lo que se tienen que dedicar. Cada cual ha de hacer lo que sabe.

Art. 4: Entre otras cosas nos hace referencia a la promocion y formacion profesional en el trabajo.
Art 11: Hace referencia al centro de formacion y aprendizaje..
Hay que alternar trabajo en la empresa con estudios para aquellas personas que no tengan cualificacion profesional.

Boletin oficial del 11 de diciembre.

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